Etiquetado de alimentos transgénicos debe incluirse en Código del Consumo
Lima, 30 de marzo 2010. Los riesgos a la salud del consumo de alimentos transgénicos están ligados a la generación de alergias, propagación de resistencia a los antibióticos, efectos toxicológicos y la presencia de lesiones en tejidos gastrointestinales en animales de laboratorio lo cual genera cuestionamientos en la comunidad científica y una seria preocupación en los consumidores sobre los potenciales efectos a la salud humana que puede provocar el consumo cotidiano de estos productos genéticamente modificados.
De manera reiterada las empresas se niegan a etiquetar estos productos, señalando que los transgénicos son similares a los alimentos convencionales, que son productos “inocuos” y que más bien pueden tener ventajas nutricionales.
Tras esta actitud se evidencia el temor de las empresas al rechazo de los consumidores a estos alimentos, cosa que viene ocurriendo en países desarrollados, especialmente en Europa, donde el etiquetado de alimentos genéticamente modificados es obligatorio.
Esta regulación fue producto de la demanda de los consumidores y razón por la cual empresas productoras de papillas para bebés como Gerber y Heinz prohibieron el uso de transgénicos en sus productos.
Sin embargo, la justificación principal por la que se debe incluir el etiquetado de alimentos transgénicos en el Código del Consumo es el DERECHO FUNDAMENTAL QUE TIENE EL CONSUMIDOR A LA INFORMACIÓN Y A LA LIBRE ELECCIÓN.
En el año 2006 algunas muestras tomadas de alimentos en supermercados y mercados de Lima y analizadas en un laboratorio especializado dieron positivas a transgénicos, entre ellos productos como leche de soya, harina de soya, embutidos y maicena.
Por ese motivo, demandamos al Presidente de la República, al Consejo de Ministros y al Congreso de la República no postergar más esta decisión y consignar en el Código del Consumo el etiquetado de los alimentos transgénicos, medida que sería respaldada por los consumidores y que reivindicaría el respeto a nuestros derechos ciudadanos.
Mayor información: RAAA. 3375170 – 7150820. E-mail: raaaperu@raaa.org.pe
De manera reiterada las empresas se niegan a etiquetar estos productos, señalando que los transgénicos son similares a los alimentos convencionales, que son productos “inocuos” y que más bien pueden tener ventajas nutricionales.
Tras esta actitud se evidencia el temor de las empresas al rechazo de los consumidores a estos alimentos, cosa que viene ocurriendo en países desarrollados, especialmente en Europa, donde el etiquetado de alimentos genéticamente modificados es obligatorio.
Esta regulación fue producto de la demanda de los consumidores y razón por la cual empresas productoras de papillas para bebés como Gerber y Heinz prohibieron el uso de transgénicos en sus productos.
Sin embargo, la justificación principal por la que se debe incluir el etiquetado de alimentos transgénicos en el Código del Consumo es el DERECHO FUNDAMENTAL QUE TIENE EL CONSUMIDOR A LA INFORMACIÓN Y A LA LIBRE ELECCIÓN.
En el año 2006 algunas muestras tomadas de alimentos en supermercados y mercados de Lima y analizadas en un laboratorio especializado dieron positivas a transgénicos, entre ellos productos como leche de soya, harina de soya, embutidos y maicena.
Por ese motivo, demandamos al Presidente de la República, al Consejo de Ministros y al Congreso de la República no postergar más esta decisión y consignar en el Código del Consumo el etiquetado de los alimentos transgénicos, medida que sería respaldada por los consumidores y que reivindicaría el respeto a nuestros derechos ciudadanos.
Mayor información: RAAA. 3375170 – 7150820. E-mail: raaaperu@raaa.org.pe
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