8 de septiembre de 2010

Aprodeh sobre DL 1097


APRODEH: Acusados de violaciones a derechos humanos pidieron la cancelación de sus procesos
Publicado el 06 September 2010

Amnistía encubierta gracias al Decreto 1097
Tal y como estaba previsto, en la audiencia de hoy en la Base Naval del Callao, 21 acusados por el asesinato masivo en el solar de Barrios Altos, la desaparición del periodista Pedro Yauri y la desaparición de 9 campesinos del valle del Santa (Ancash), solicitaron el sobreseimiento del proceso en aplicación al Decreto Legislativo 1097, expedido el pasado 1º de setiembre, por el actual gobierno.



El General Juan Rivero Lazo, Luis Salazar Monroe, así como los miembros operativos del destacamento Colina, Santiago Martin Rivas, Carlos Pichilingüe, Nelson Carbajal García, Luis Pino Díaz, Juan Sosa Saavedra, Wilmer Yarlequé Ordinola, José Alarcón Gonzales, entre otros, fueron los que se acogieron a este pedido.

Según sus abogados, dichos procesos deberían suspenderse por haberse vencido el plazo de la instrucción. Incluso la defensa de Martin Rivas alegó que antes que el derecho a la verdad de las víctimas está el derecho del procesado, por lo que debe archivarse el proceso seguido en su contra, a pesar de encontrarse en pleno juicio oral y próximo a dictarse sentencia. Tanto la Fiscalía como la Procuraduría y la parte civil, sostuvieron que no era posible la aplicación de esta norma y solicitaron a la sala desestimar el pedido.

La doctora Gloria Cano, abogada de la Asociación Pro Derechos Humanos (APRODEH), en representación de los familiares de los casos Barrios Altos, Santa y Pedro Yauri, señaló que dicha norma contraviene la obligación internacional: “El Estado peruano tiene el deber de investigar y sancionar las graves violaciones a los derechos humanos. Además, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en reiterada jurisprudencia, ha señalado que son inadmisibles las disposiciones de amnistía, prescripción y todos los obstáculos procesales que pretendan impedir la investigación y sanción de los responsables de las violaciones de derechos humanos”.

“Las ejecuciones extrajudiciales en Barrios Altos y las desapariciones forzadas en El Santa y Pedro Yauri están prohibidas pues contravienen derechos inderogables reconocidos por el Derecho Internacional de los Derechos Humanos. De hecho, estamos frente a una amnistía encubierta, que representa un grave retroceso en materia de derechos humanos”, advirtió.

Recordó que en la sentencia del caso Martin Rivas 00679-2005, el Tribunal Constitucional señaló que: “La normatividad no puede expedirse en oposición a las obligaciones internacionales derivadas de los tratados y acuerdos internacionales en materia de derechos humanos ratificados por el Estado peruano y que vinculan a los poderes públicos”. En esa misma sentencia, el TC indicó que ninguna posición oficial justifica que personas que pueden ser acusadas de responsabilidad por esas violaciones queden inmunes de responsabilidad jurídica.

“Hechos atroces como los casos Barrios Altos, Santa y Pedro Yauri han motivado el rechazo y la condena de la comunidad nacional e internacional. Por ello, estos crímenes no deben ser tolerados, no sólo por una obligación ética, sino porque es una obligación estatal adquirida por el Perú ante la comunidad internacional, no dejar que queden impunes”, dijo Cano.

La Sala Penal Especial presidida por la Dra. Inés Villa Bonilla y las magistradas Hilda Piedra e Inés Tello deberá resolver si se aplica el decreto legislativo dado por el gobierno de Alan García Pérez, o si hacen uso del control difuso que le otorga la Constitución Política del Perú, a efectos de señalar que dicho decreto legislativo contraviene nuestra carta magna.

Datos:
Procesados que pidieron el sobreseimiento de sus casos:
General, Juan Rivero Lazo,
General , Luis Salazar Monroe,
Coronel Federico Navarro Pérez,
Coronel Luis Cubas Portal,
Comandante Fernando Rodríguez Zabalbeascoa,
Mayor , Santiago Martin Rivas,
Mayor, Carlos Pichilingue Guevara,
SO. Carbajal García,
SO .Luis Pino Díaz,
SO. Juan Sosa Saavedra,
SO. Wilmer Yarleque Ordinola,
SO. José Alarcón Gonzales ,
SO. Orlando Vera Navarrete,
SO: Fernando Lecca Esquen ,
SO. Pascual Douglas Arteaga,
SO. Luis Salazar Correa,
SO. Shirley Rojas Castro,
SO. Salazar Ballón.
SO. César Alvarado Salinas,
SO: Luis Arce Janampa,
SO. Pedro Santillán Galdós

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